Ya no hay que pasar por el Registro Civil para casarse. Los notarios podrán tramitar el expediente matrimonial.
A partir del próximo 30 de abril, los notarios autorizarán los expedientes previos a la celebración del matrimonio.
El proceso de tramitación del expediente matrimonial tiene la finalidad de comprobar que la pareja reúne las aptitudes y condiciones legales necesarias para contraer matrimonio, así como la veracidad de su voluntad, evitando los matrimonios de conveniencia con finalidades fraudulentas.
Los notarios desde 2015 ya podían autorizar bodas, pero ahora podrán también llevar a cabo todo el procedimiento, pues puede determinar en los expedientes la vecindad civil de los contrayentes, básica para conocer qué legislación se les aplica, además de cómoda posibilidad de poder consultar acerca del régimen económico matrimonial.
Como señala D. José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado: “los notarios prestaremos esta función con la eficacia, celeridad y seguridad propias de la función notarial, ayudando a las parejas a tramitar sus expedientes en el plazo de tiempo más breve posible y prestándoles asesoramiento gratuito, si así lo desean, sobre otras cuestiones, como el régimen que regirá su matrimonio y la posibilidad de hacer capitulaciones matrimoniales”.
Es la oportunidad de tramitar los matrimonios con la celeridad y garantías propias de la función notarial.