Por Derecho Civil ha de entenderse el conjunto de normas jurídicas, que, conformando el Derecho Privado general, regulan todos los aspectos atinentes a la personalidad, la familia y las relaciones patrimoniales.
–Derecho de Familia: Divorcios de mutuo acuerdo o contenciosos siempre en beneficio del menor, liquidación del régimen matrimonial y adjudicación de bienes y derechos, redacción de convenios de medidas paternofiliales, y modificación de medidas.
–Derecho Inmobiliario: Procesos civiles e hipotecarios, declarativos y ejecutivos, arrendamientos urbanos, propiedad horizontal y comunidad de propietarios.
–Derecho Sucesorio: Se ocupa de establecer las relaciones legales, después del fallecimiento de una persona.
De igual forma, le asistiremos en la apertura de la herencia de un familiar fallecido, llevando a cabo la sucesión testamentaria (si hay testamento), o la sucesión abintestato (si no hay testamento) y aceptación de la herencia, además de la previa realización de investigación de bienes para la realización de inventario.
También realizamos redacción y revisión de contratos, así como todo tipo de procedimientos de juicios ordinarios y juicios verbales.
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